CAJA FISCAL Y RENDICION DE CUENTAS

 

Rendición de Cuentas

La Contraloría General de Cuentas por medio del Acuerdo A-003-2024 aprobó la Rendición de Cuentas Electrónica, la cual es de observancia y cumplimiento obligatorio para las municipalidades y todas las personas responsables que a la presente fecha rinden cuentas de manera física a través de PGRIT 1 y PGRIT 2

Caja Fiscal

La Contraloría General de Cuentas aprobó el acuerdo A-085-2023, el cual se establece la sistematización de la entrega mensual de Caja Fiscal Electrónica, con el fin de tecnificar la rendición de cuentas ante la institución. Es de observancia y cumplimiento obligatorio para todas las personas responsables que, a la presente fecha rinden cuentas a través de la caja fiscal en forma física.

Acuerdo No. A-003-2024

 

Guía para el usuario

Acuerdo No. A-085-2023

 

Guía para el usuario

Prodecimiento para la inscripción

1. La persona responsable de la rendición de cuentas, designará al servidor público quien será el responsable de inscribirse y enviar mensualmente los documentos que debe cargar y enviar en el Portal Web de la CGC.

2. El Empleado Público debe inscribirse al sistema y acreditar su designación por medio de nombramiento que efectuará el responsable de la Rendición de Cuentas, para ello es necesario poseer usuario del portal web de la CGC y la institución a la que representa debe estar inscrita y actualizada en el Módulo de Registro Único de Cuentadancias.

3. Aprobada la inscripción es necesario Registrar la Ampliación de Folios, acá se comprenden los rangos de folios que utilizará, para llevar el control respectivo.

4. Tome en cuenta que la ampliación de folios no interrumpe el proceso de registro de Rendición de Cuentas, por lo que podrá continuar al siguiente paso. También es posible crear múltiples ampliaciones de folios para una misma forma.

5. Para el Registro de la Rendición de Cuentas lo efectuará desde la inscripción aprobada. Completada la información, podrá enviar la rendición de cuentas.

6. Para las municipalidades deben esperar la revisión del analista, cuando sea aprobado se le notificará por correo electrónico para tener acceso a la boleta de pago y proceder al pago respectivo.

7. El procedimiento para la rendición de cuentas por medio de Caja Fiscal, de PGRIT 01 y PGRIT 02, le es aplicable la normativa vigente (Acuerdo No A-37-06 y Acuerdo Numero A-013-2015), debiéndose enviar la información en los primeros 5 días hábiles del mes correspondiente. El mismo plazo también rige para las misiones diplomáticas acreditadas en el exterior.

Videotutoriales

Inscripción Rendición de Cuentas

Inscripción Caja Fiscal

Presentación Caja Fiscal

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